Artículos de la Constitución que no han cambiado desde 1917
ESPECIAL, feb. 5.- A ningún constitucionalista le ha molestado el artículo 47 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, aunque al parecer, su vigencia es cuestionable. “El Estado del Nayarit tendrá la extensión territorial y límites que comprende actualmente el Territorio de Tepic”, cita la Carta Magna. Este y otros 20 artículos de la máxima ley de México nunca han sido modificados en su redacción desde el 5 de febrero de 1917, cuando fue promulgada tras un año de trabajos constituyentes.
Los esfuerzos de Venustiano Carranza para crear una Constitución progresista y robusta para un México moderno, en general, se mantiene. En 106 años, los artículos contenidos en ella han sido modificados más de 700 veces. Para ser exactos, ha habido 252 decretos hasta el 18 de noviembre de 2022 que han añadido, dependiendo de la versión que se consulte, más de 100 páginas a la ley. “Hoy tenemos una Constitución completamente diferente, pero permanece el núcleo de lo que se buscaba en este pacto social. Podríamos decir que es una nueva Constitución que poco a poco se fue formando, que evoluciona”, dice en entrevista Javier Contreras Arreaga, director del Programa de Derecho del Tecnológico de Monterrey campus Guadalajara.
Si un país y su población cambian, es lógico que sus leyes muten con ella, aunque no necesariamente en todos los aspectos. Por ejemplo, el artículo 50, que habla de la existencia de dos cámaras: una de diputados y una de senadores. “No ha habido necesidad de tocarlo (el artículo) así de casuístico es este tema”, comenta Contreras Arriaga.
Otras disposiciones que han permanecido inmutables, según cita el artículo 12, es la prohibición de títulos nobiliarios, así como tampoco habrá efecto a los beneficios que dichos títulos tengan cuando han sido otorgados por otro país. Aunque en México José José es conocido como El príncipe de la canción, lo cierto es que este título es más fama que otra cosa, pues en los hechos este cantante es un ciudadano igual que los otros 130 millones de mexicanos que habitan en el territorio nacional.
Otras disposiciones contempladas en la Carta Magna son tan contundentes que ningún legislador ha pensado siquiera en modificarlas. Vaya, ni una coma. “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo”, dice el artículo 39. Buena parte de estas leyes inamovibles forman parte del discurso político de los funcionarios públicos. “Es de donde nace la legitimidad con la cual estamos haciendo este instrumento, que es la Constitución, la base de todo”, dice Contreras.
Aunque hay artículos que no se han modificado, no han estado exentos de controversia. Un ejemplo es el artículo 80, que a la letra dice “Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”. El debate sobre si el nombre del país es Estados Unidos Mexicanos, República Mexicana o México es tan antiguo como la Constitución misma.
El último artículo, el 136 y buena parte de sus transitorios, nunca han sido reformados desde 1917. “Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia”. ¿Qué quiere decir la observancia de la Constitución, la más antigua después de la de Estados Unidos y la más larga tras la de la India? “La Constitución trasciende a este libro original de 1917, es mucho más que eso. Lo que verdaderamente hace que la justicia funcione es que tanto nosotros como quienes la hacen decidimos respetarla”, concluye el estudioso de las leyes.
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