Natanael Cano y la Ley: ¿Qué consecuencias podría enfrentar el cantante?

Natanael Cano nuevamente se encuentra envuelto en polémicas, ahora por un vídeo donde se le ve agredir verbalmente a un oficial de la policía municipal de Hermosillo

Nov. 22.- El precursor de corridos tumbados, Natanael Cano nuevamente se encuentra envuelto en polémicas, y es que resurgió en redes sociales un video de la noche en que este fue intervenido en distintas ocasiones por la Policía Municipal de Hermosillo.

¿El motivo? estaba circulando a exceso de velocidad con amigos por las calles de la ciudad en un vehículo sin placas.

En el video, se ve a los acompañantes del intérprete de “Madonna” discutir con los oficiales. Aunque en algunos fragmentos el audio no es claro, lo que sí se entiende con certeza es que el cantante se dirige al policía de manera desafiante.

En una parte del clip, se escucha a Natanael Cano decir: “Esta madre no es su ciudad, a la verga, aquí nací yo al igual que ustedes. A las 2 de la mañana tengo la calle sola, wey, no estoy haciendo ni un daño, no hay carros, wey, el tráfico está solo, que la están jugando, verga”.

Además, el cantante menciona que le dio 5 mil pesos a otros policías que lo habían detenido previamente, motivo por el cual tanto él como los supuestos oficiales implicados están siendo investigados.

Pero ¿qué hay de la manera en que este se dirige al oficial? ¿podría enfrentar consecuencias legales por su actitud? Hoy, en El Sol de Hermosillo te explicamos qué dice al respecto el Código Penal de Sonora:

En el artículo 164 de dicho documento oficial establece que “quien haga violencia contra un funcionario público o agente de la autoridad, sin causa legítima, en el acto de ejercer sus funciones o por motivo de ellas, podrá ser sancionado con prisión de tres días a tres años y una multa de 10 a 150 días”.

Por lo que, si en algún momento te enfrentas a una situación similar, será mejor mantener la calma y tratar de resolver el asunto de manera adecuada, sin caer en agresiones.

Además, el reglamento de tránsito municipal de Hermosillo, señala que el conducir a exceso de velocidad, además de no portar placas de circulación, es motivo suficiente para que el vehículo sea remitido al depósito.

Esto de acuerdo al artículo 63, inciso B y D, que establece sanciones por conducir a velocidad excesiva de manera negligente o temeraria, poniendo en peligro la vida y la seguridad de las personas.

¿Y tú, ya conocías las consecuencias legales de agredir verbalmente a un oficial?

Por Sandra Solís

Información de: www.elsoldehermosillo.com.mx

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