Qué pasa con nuestros datos cuando morimos

ESPECIAL, dic. 7.- La muerte es esa incómoda certeza que nadie quiere abordar y que siempre llega en un mal momento. Las últimas voluntades pueden servir para dejar los asuntos físicos y terrenales bien atados, pero ¿qué sucede con nuestros mensajes de WhatsApp, perfiles en Instagram y otras cuentas en redes sociales, y los datos que hayamos almacenado o tengamos en correos electrónicos? La actividad en internet del finado permanece en la nube, inaccesible y de forma indefinida, para sus familiares y allegados.

Los tiempos han cambiado y la sociedad actual vive en dos planos: el físico y el digital. Y mientras es habitual dejar por escrito un documento con las últimas voluntades y reparto de bienes en caso de fallecimiento, pocas veces se considera la importancia de gestionar nuestro legado digital. Las redes sociales, aplicaciones de mensajería, correos electrónicos… todo permanece activo y en la nube, y en algunas ocasiones, con un contenido comprometedor. Borja Adsuara, abogado experto en derecho digital, se refiere a la regulación de este contenido como “herencia digital, el conjunto de bienes y servicios digitales que se deja cuando uno fallece”.

¿Quién tiene el control?

Se trata de un asunto complejo, puesto que las compañías que ofrecen servicios en línea —como Google, Apple o Facebook, entre otras— cuentan con unas políticas de privacidad muy estrictas que regulan el acceso a las cuentas de usuarios fallecidos. Uno de los casos más notorios a este respecto tuvo lugar en Alemania en 2012, cuando una adolescente perdió la vida arrollada por un tren y sus padres demandaron a Facebook las claves de acceso a su cuenta para determinar las posibles causas. Tuvo que ser un juez quien, años más tarde, les diera la razón y obligara a la firma de Mark Zuckerberg a entregarles la contraseña. “En ese caso fue el juez quien sentenció que tenía más valor en la balanza saber qué había ocurrido que la privacidad de la persona”, explica Adsuara.

Algunas permiten a familiares cercanos solicitar el cierre de la cuenta, pero el acceso completo a la información es raramente concedido sin consentimiento explícito del titular original. Esto es, el propietario de la cuenta debe nombrar en vida a un heredero de la cuenta, o bien especificar que se desea que la cuenta perviva, a modo de homenaje, y para ello, determinar qué contacto la gestionará. Estas personas reciben la denominación de contactos de legado, que serán las responsables de mantener la cuenta viva respondiendo o moderando mensajes y subiendo fotos de recuerdo ocasionalmente. En este sentido, si no se ha realizado una preparación adecuada, este laberinto de regulaciones deja a las familias en una posición incómoda y, a menudo, emocionalmente agotadora.

Problemas éticos y jurídicos

La ley no está del todo adaptada a este nuevo paradigma. Acceder a una cuenta sin permiso explícito es ilegal en muchos lugares, independientemente de las buenas intenciones. Esto no solo pone a los seres queridos en una situación difícil, sino que, además, plantea preguntas éticas sobre la privacidad y la propiedad de la información digital post mortem. Otro caso muy mediático tuvo lugar tras el trágico tiroteo de San Bernardino: el FBI solicitó a Apple el desbloqueo del iPhone del autor de los disparos y la compañía de Cupertino se negó en redondo, aduciendo que primaba más la privacidad de sus clientes que la difusión del posible contenido del dispositivo.

Google, el gran contenedor de información personal de la red, contempla también este legado póstumo, y quienes quieran dejar todo bien atado, pueden comenzar a nombrar un administrador de cuenta inactiva, un responsable de decir qué sucede con la información del fallecido. En caso de que no se haya nombrado esta figura, la firma californiana permite a los allegados eliminar o gestionar la cuenta a través de un formulario, pero este proceso es más complejo, puesto que chocan, como hemos visto, la privacidad del propietario y la voluntad de sus familiares.

En este sentido, Adsuara recuerda que parte de este contenido puede afectar a la imagen del fallecido; pueden hallarse relaciones con terceros no conocidas o material comprometedor: “Por ejemplo, si accedes a la cuenta de Twitter de tu mujer o marido y te encuentras mensajes directos de contenido íntimo de una tercera persona…”, explica. Brigita Kavaliauskaite, responsable de comunicación de la firma de seguridad NordVPN, añade: “En España no se ha aprobado ninguna ley específica que regule el olvido digital post mortem total, pero sí existe la Ley 10/2017 sobre voluntades digitales. Sin embargo, la legislación necesita ser más amplia, para que se recojan todas las circunstancias”.

Preparación y previsión

Para evitar estos problemas, es necesario hacer una planificación detallada. El primer paso es realizar un inventario de todas las cuentas y contraseñas. Este catálogo debe ser accesible para alguien de confianza en caso de fallecimiento. “Lo mejor es designar a una persona de confianza que pueda indicar a la app o red social que se está habilitado para la gestión de esta información”, explica Adsuara. Otros servicios en la nube, como Dropbox, también contemplan el escenario del fallecimiento, permitiendo a los allegados la solicitud de acceso a la cuenta del finado.

Es igualmente prudente redactar un testamento digital con instrucciones explícitas sobre cómo debe manejarse la información en línea. Con todo, este experto advierte del riesgo de confundir términos: no es lo mismo una herencia firmada en el notario que una digital. La segunda se refiere “a quién tiene derecho a acceder a mis cuentas de correo o redes sociales, por ejemplo”.

Nuestra vida digital es una extensión de nuestra existencia física, cargada de recuerdos, datos personales y conexiones sociales. Habrá cosas que queramos dejar en el recuerdo, pero otras que deseamos que permanezcan inaccesibles y se vayan con nosotros. Un diario digital, conversaciones con amigos o conocidos por WhatsApp… Este tipo de contenido no tiene más valor que el personal, pero puede dañar la imagen póstuma del fallecido. ¿Cómo asegurarse de que nadie tendrá acceso a ella?

Solo hay dos formas de asegurarse la inaccesibilidad de esta información: eliminarla, o disponer de un cifrado de extremo a extremo, de forma que nadie, ni siquiera el proveedor del servicio, sea capaz de acceder al contenido. Servicios como Nordlocker o Vault de Dropbox garantizan que nadie que no disponga de las claves podrá acceder jamás a lo almacenado; tanto es así, que son varias las advertencias que el propietario debe conceder reconociendo la pérdida de los datos en caso de no conocer las claves.

Por José Mendiola Zuriarrain

elpais.com

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