Falta homologar leyes para categorías de suelos
HERMOSILLO, Sonora, jun. 11.- Un terreno forestal, según la ley, es el que contiene un conjunto de plantas y hongos que crece y se desarrolla de forma natural, formando bosques, selvas, zonas áridas y otros ecosistemas, explicó la ecóloga Bárbara Peralta Zúñiga.
Muchos terrenos en la mancha urbana, si bien sí tienen exceso de zacate buffel y otra vegetación oportunista, expuso, la mayoría también tiene vegetación nativa, que aún cuando haya un basurero u otros impactos a la tierra, esto no quita que siga presente y ofreciendo interacciones y bienes al ecosistema.
El problema, opinó, es que falta homologar la ley estatal y municipal en el Estado, con la Ley Federal de Desarrollo Forestal que se modificó en el 2020, y que establece cuáles son considerados uso de suelo forestal en la mancha urbana.
La nueva Ley de Desarrollo Forestal Sustentable salió en el 2018, y en esa nueva ley definían en el artículo 7 que los terrenos forestales tiene que estar cubierto por vegetación forestal, producir bienes y servicios, pero ponían una excepción.
“En ese apartado decían que no iban a ser considerados terrenos de uso forestal, por efectos de esa ley, el que se localice entre los límites de los centros de población, excepto áreas naturales protegidas, y eso fue algo que benefició sobre todo a constructores, de hecho, pero luego en el 2020 se hizo nuevamente una reforma de esa fracción o artículo y se quitó esa excepción”, explicó.
PERO NO SE ACTUALIZARON
Sin embargo, ni la ley municipal ni estatal se actualizaron, señaló, y aunque no son ellos los autorizados para otorgar un cambio de uso de suelo, sí ofrecen muchos de los permisos y evaluaciones que se otorgan a Semarnat, para definir si un suelo es o no forestal.
Peralta puntualizó que definitivamente tiene que ser Semarnat la instancia que defina qué criterios se toman en cuenta para otorgar los cambios de uso de suelo a las constructoras, o determinar si es necesario o no tramitarlo.
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